viernes, 13 de julio de 2012

REGLAMENTO DE SELECCIÓN DOCENTE PARA AYUDANTES DOCENTES DE TRABAJO PRACTICO


REGLAMENTO DE SELECCIÓN DOCENTE PARA AYUDANTES DOCENTES DE TRABAJO PRACTICO


Art. 1: Siempre que sea necesario designar un docente ayudante de trabajos prácticos suplente o interino, el cargo deberá cubrirse mediante una selección docente. 

Art. 2: Los postulantes deberán conocer y aceptar el Art. 22 del Reglamento Orgánico . 

Art. 3: Los postulantes deberán tener presente al inscribirse que para ser designados no podrán tener incompatibilidad horaria con el dictado del cargo al momento de la toma de posesión.

 Art. 4: En toda selección docente rige el presente reglamento y sus anexos.   
            Anexo1:   Normas de presentación de currículum, 
  Anexo2:   Normas de presentación de proyecto de inserción metodológica  y desarrollo de clase práctica,
            Anexo 3: Grilla con puntaje de evaluación.

Art. 5: El postulante deberá reunir las mismas condiciones que fija el Art. 23 del Reglamento Orgánico y deberá presentar currículum y proyecto de inserción metodológica  de acuerdo con la forma estipulada en el anexo correspondiente. Ambos deberán estar foliados. La información contenida en el Currículum Vitae reviste el carácter de declaración jurada. El postulante deberá presentar fotocopias de/los títulos que declare y traer el/los originales a efectos de su observación. El jurado se reserva el derecho de solicitar las demás constancias.

Art. 6: La Secretaría informará al Rectorado para que realice el llamado a selección docente de ayudante docente de trabajos prácticos. Además, informará al Director de Departamento para que en el término de (5) cinco días notifique al Rectorado y a Secretaria la constitución del jurado y se haga el llamado a selección docente.

Art. 7: El llamado a selección docente se hará durante 7 (siete) días hábiles durante el período de dictado de clases y 10 (diez) días hábiles en el período de no dictado de clases. La documentación se entregará en la Secretaría del Instituto hasta las 20.30 horas del día del cierre de la selección docente para ayudante docente de trabajos prácticos, momento en el que se labrará un acta firmada por la  autoridad de mayor jerarquía de la Institución que esté presente.

Art. 8: El Jurado que atenderá la selección docente de ayudante docente de trabajos prácticos estará constituido según lo establece el artículo 25 del Reglamento Orgánico . Se hace constar que el inciso c) del artículo 23 (mencionado en el 25) se restringe a las asignaturas denominadas “Método I” y “Método II” .

Art. 9: Los miembros del Jurado podrán ser recusados por escrito con causa fundada por los postulantes dentro del plazo de la inscripción. Las causales de recusación del Jurado serán:
a) parentesco por consanguinidad (hasta cuarto grado inclusive) o parentesco político  entre un miembro del Jurado y algún postulante;
b) tener pleito pendiente entre uno o más miembros del Jurado y el postulante;
c)  ser uno o más miembros del Jurado o el postulante recíprocamente acreedor, deudor o fiador;
d) ser o haber sido autor de denuncia o querella contra el postulante, o denunciado o querellado por éste ante los tribunales de justicia o tribunales académicos con anterioridad a la designación del jurado;
e) haber emitido opinión, dictamen o recomendación que pueda ser considerado como prejuicio acerca del resultado del concurso que se tramita;
f) tener amistad íntima con alguno de los postulantes  o enemistad  que se manifiesten por hechos conocidos en el momento del concurso.

 Las cuestiones de recusación serán resueltas según Art 16 inc “a)” y “j)” del Reglamento Orgánico en lo referido a los deberes y obligaciones del Rectorado.

Art. 10: El Jurado deberá entregar el dictamen con un orden de mérito incluido el desarrollo de la clase práctica en un término no mayor a 15 (quince) días hábiles a partir del cierre de la inscripción. Para figurar en el orden de mérito, el postulante deberá obtener un puntaje no inferior a 35 puntos (ver Anexo 3). Por otra parte, la selección docente será declarada desierta cuando el puntaje obtenido por los postulantes sea inferior a 35 puntos totales, habiendo incluido la instancia de desarrollo de una clase práctica frente al jurado y/o el grupo de estudiantes de la cátedra/departamento  a cubrir (ver Anexo 3). El Jurado podrá dejar fuera del orden de mérito a un postulante que no cumpla con los requisitos establecidos en el presente reglamento y sus anexos.

Art. 11: El Jurado fundamentará su decisión a través de un dictamen explícito y fundado y, constará en un acta que firmarán, en cada una de sus hojas, todos sus integrantes. Deberá contener: orden de mérito de los postulantes según el puntaje obtenido por la valoración del currículum, del proyecto de inserción metodológica y de la clase práctica. La decisión se obtendrá por mayoría simple.


Art. 12: Al finalizar los plazos previstos en el artículo 10 y por el lapso de dos días hábiles los postulantes deberán notificarse del resultado de la selección docente de ayudante docente de trabajos prácticos en la Secretaría. De no haber concurrido a la notificación se considerará aceptado el dictamen del jurado. En el caso de solicitar reconsideración o ampliación del dictamen, el postulante lo hará constar en el momento en que se notifique del resultado y dispondrá de tres días hábiles para formalizar el pedido correspondiente.

Art. 13: El jurado dispondrá de 5 días hábiles para dar respuesta al pedido de dictamen de ampliación  o recurso de reconsideración a partir de la recepción en la Secretaría de dicha solicitud. 

Art. 14: En caso de que alguno de los postulantes que haya solicitado dictamen de ampliación o recurso de reconsideración del dictamen no quedare satisfecho con la respuesta del jurado, podrá presentar los recursos administrativos que hacen a su derecho dentro de los cinco días hábiles posteriores a la respuesta del jurado ante el Rectorado para su elevación al Consejo Directivo.

Art. 15: El Consejo Directivo deberá expedirse como última instancia de apelación en  la primera sesión ordinaria que tuviere lugar después de la presentación ante el Rectorado.

Art. 16: La vigencia del orden de mérito de cada selección docente de ayudante docente de trabajos prácticos se extenderá  por dos años a partir de la fecha de notificación fehaciente de los postulantes. Este orden de mérito se utilizará cuando se produjera una vacante en el cargo.

Art.17: El Rector, los Vicerrectores y los Directores de Departamento -en sus departamentos-están inhibidos para presentarse a selecciones docentes de ayudantes docentes de trabajos prácticos durante el ejercicio de sus funciones, en preservación de la transparencia de las mismas.

Art.18: Todos los postulantes deberán notificarse fehacientemente del contenido del presente reglamento y sus anexos al momento de su inscripción para la selección docente de ayudante docente de trabajos prácticos.

NOTAS:
   Del Reglamento Orgánico
Art. 22: Corresponde a los profesores del Instituto Nacional Superior  del Profesorado:
a) dictar los cursos a su cargo con arreglo a las exigencias científicas y didácticas de la enseñanza superior;
b) dirigir las actividades prácticas que correspondan a su cátedra,
c) contribuir a la formación integral de sus alumnos y orientar las actividades de los adscriptos;
d) integrar las comisiones  examinadoras y los jurados especiales para los que fuere designado;
e) proyectar el programa de la asignatura a su cargo y entregarlo anualmente a las autoridades departamentales en tiempo y forma;
f) asistir a las reuniones de profesores a que fuera citado;
g) cumplir las obligaciones reglamentarias de orden general y las resoluciones del Consejo Directivo y del Rectorado  y
h) todo profesor titular tendrá derecho, cada cinco años a una licencia de seis meses con goce de sueldo, para realizar viajes de estudio o trabajos de investigación. El Consejo Directivo dictará la resolución que lo reglamente.

ANEXO 1

Normas de presentación del Curriculum Vitae

El curriculum deberá presentarse foliado siguiendo el orden detallado a continuación y acompañando las fotocopias legalizadas de los títulos.


                  Carátula                             Cargo para la que se postula
Departamento
Fecha de presentación

         Datos personales

Apellido y nombres
                  DNI
                  Fecha de nacimiento
                  Dirección postal, C.P., Teléfono, Dirección electrónica


I. Títulos

I.1 Título de grado
                  I.2 Otros títulos afines con la materia a concursar o con la especialización didáctico-pedagógica

- Deberá indicarse la institución otorgante y año de obtención

II. Actividades docentes
               
                  II.1    Experiencia docente específica en la materia que  concursa y/o a sus 
                   aspectos didácticos-pedagógicos.
                             II.1.1 Como docente en el Nivel Superior Universitario y No  Universitario en la materia que  concursa (o equivalente)
                             II.1.2 Como docente capacitador en la materia que concursa y/o en su didáctica. 
                             II.1.3   Como docente  en el Nivel Medio en la materia que concursa.
      II.1.4 Ayudante alumno en la materia específica


            II.2.  Experiencia docente en materia afín a la concursada y/o a                                                             sus aspectos didáctico-pedagógicos
     II.2.1 Como docente en el Nivel Superior Universitario y No Universitario
     II.2.2    Como docente capacitador en  material  afín y/o en su didáctica. 
    II.2.3     Como docente en el Nivel Medio
     II.2.4 Ayudante alumno en la materia afin

      
                              Deberá consignarse en cada uno de los ítems la institución en la que se desempeña,  la categoría de los cargos (titular, interino, suplente, adjuntos, jefes de trabajos prácticos, ayudante, etc.), fecha de ingreso y de egreso.


III. Actividades académicas

            III.1.        Carreras en curso específica y/o afín con la materia que se presenta

- Deberá consignarla institución, nivel alcanzado y carga horaria completa.  

     III.2.    Otros  Cursos, Seminarios y Talleres
                             III.2.1    Como organizador/coordinador /disertante 
                             III.2.2    Como asistente       

- Deberá indicar institución , lugar, año y carga horaria 

                  III.3.        Ponencias en Congresos y Jornadas

- Deberá indicar institución organizadora, lugar y año.
- El postulante deberá presentar las ponencias indicando un abstract de no más de 200 palabras.

                  III.4    Publicaciones
III.4.1   Libros
                       III.4.2   Artículos publicados
                                    III.4.3  Artículos inéditos y/o material de cátedra 
                       
-     Deberá consignar  editorial, año, número de páginas  y lugar de edición,  ISBN y ISSN

                  III.5    Trabajos de investigación

- Deberá consignar institución en la cual realizó el trabajo, categoría 
     de investigador, año, equipo de trabajo y, si lo hubiere número de resolución.

IV.    Otros antecedentes

IV.1      Cargos de gestión
IV.1.1      Miembro de Consejo Directivo (indicando institución y    
                           períodos de desempeño)
IV.1.2     Cargos de conducción (indicando institución y períodos  de desempeño)
                                   IV.1.3  Director de Departamento y/o Miembro de Junta Departamental (indicando institución y períodos de desempeño)
            IV.1.4      Asesorías, coordinaciones y tutorías.

                  IV.2    Becas y distinciones (indicando institución otorgante y año)

ANEXO 2   
    Normas de presentación

Proyecto de Inserción Metodológica del Ayudante docente de trabajos prácticos en cátedra y/o en un Departamento
 Para la formulación del Proyecto de Inserción Metodológica, los aspirantes tendrán acceso al Diseño Curricular de la carrera y al programa de la materia a concursar, que se encuentran en la Biblioteca de la institución y/o en la Secretaría.
El Proyecto de Inserción Metodológica deberá estructurarse en función de los siguientes items:
1. Denominación:      nombre de la materia, seminario o taller, curso y comisión.
2. Fundamentación: consideraciones de la inserción de la materia en el plan de           estudios, pertinencia, significación, relaciones, etc.
3. Objetivos de la ayudantía.
4. Metodología de su trabajo como ayudante docente de trabajos prácticos
5. Actividades a desarrollar.

En el proyecto deberán explicitarse
Conocimiento de la significatividad de la cátedra en la formación de profesores del Departamento al que concursa.
Rol del ayudante docente en la cátedra respectiva y/o en el departamento que concursa en articulación con el profesor a cargo de la misma,
Concordancia de los objetivos del plan de Inserción Metodológica con los objetivos de la cátedra/Departamento al que concursa,

El jurado tendrá en cuenta muy especialmente al evaluar el Proyecto de Inserción Metodológica propuesto las metodologías y prácticas pedagógicas innovadoras que se puedan desarrollar por el postulante en ampliación y complementación de las que están establecidas por la cátedra que concursa.
Al evaluar el Proyecto de Inserción Metodológica,  el Jurado considerará la coherencia entre los diferentes items del proyecto planteado y la posibilidad de implementación así como su adecuación al diseño curricular de la carrera. 


  Desarrollo de clase práctica  

Los postulantes serán convocados a una clase práctica. 
Con 48 hs de anticipación se sorteará el tema a desarrollar.


ANEXO 3

Grilla con puntaje de evaluación


I- Títulos                                                                                    
            
I.1  De Grado: Profesor en el campo disciplinar correspondiente a la materia concursada                                                                                                                                                 12 puntos


I.2  Otros títulos afines con la materia a concursar o con la especialización didáctico-pedagógica                                                         máximo 8 puntos 

Licenciaturas o título equivalente de carrera de nivel universitario o terciario(Abogado, Contador, entre otras)
Hasta 5 ptos.
Doctorado   Hasta 2 ptos.
Maestrías / Diplomaturas Hasta 1 ptos.
Especializaciones Hasta 4 ptos.
Por cada especialización Hasta 1 ptos.
Tecnicaturas Hasta 4 ptos.
Por cada tecnicatura Hasta 1 ptos.
Adscripciones Hasta 4 ptos.
Por cada adscripción Hasta 1 ptos.
Otros títulos Hasta 2 ptos.



II- Actividades docentes                              

II.1 Experiencia docente específica en la materia y/o en sus aspectos pedagógicos-didácticos                                                                        máximo 13 puntos2


II.1.1 Como docente en el Nivel Superior Universitario y No Universitario Hasta 5 ptos.
II.1.2 Como docente capacitador  en la materia que concursa (o equivalente)  y/o en su didáctica Hasta 4 ptos.
II.1.3 Como docente en el Nivel Medio en la materia que concursa
Hasta 4 ptos.
II.1.4 Ayudante alumno en la materia específica 0,50 ptos por año hasta 2 puntos




   II.2 Experiencia docente en materia afín a la concursada y/o a sus aspectos didáctico-pedagógicos                                                       máximo 7 puntos2


II.2.1 Como docente  en el Nivel Superior  Universitario y No Universitario Hasta 3 ptos.
II.2.2 Como docente capacitador en la materia afín y/o en su didáctica Hasta 2 ptos.
II.2.3 Como docente  en el Nivel Medio Hasta 2 ptos.
II.2.4 Ayudante alumno en la materia afin 0,25 ptos por año hasta 1 puntos



III- Actividades  Académicas                                  

    III.1 Carreras en curso específica y/o afín con la materia que se presenta 3   máximo2 puntos

III.2.    Otros Cursos, seminarios, congresos y talleres         máximo 4 puntos2
     
III.2.1 Como organizador/coordinador /disertante (incluye adscripciones) 0,2 por c/u hasta completar  2 puntos
III.2.2 Como asistente   0,1 por c/u hasta completar 2 puntos


III.3.  Ponencias  en congresos y jornadas: 0,50 por c/u          máximo  4 puntos2
                             


III.4 Publicaciones                                                                    máximo 7 puntos4
    
III4.1 Libros Hasta 1 pto. por c/u hasta completar 3 ptos.4
III.4 2 Artículos publicados 0,20 por c/u hasta completar 2 ptos.
III.4.3 Artículos inéditos y/o material de cátedra – debidamente registrados   0,20 por c/u hasta completar 3 ptos.



III.5. Trabajo de investigación                                              máximo 3 puntos
   
III.5.1 Como director Hasta 2 puntos
III.5.2 Como miembro investigador Hasta 1 punto



IV- Otros Antecedentes          

IV.1 Cargos de gestión                                                             máximo 5 puntos2 

IV.1.1 Miembro del Consejo Directivo en representación de cualquiera de sus claustros
1 por cada período de gestión hasta completar 2 ptos.
IV.1.2 Cargos de conducción (Rector, Vicerrector o equivalente) 0,25 por año hasta completar 1 pto.
IV 1.3 Director de Departamento y/o miembro de Junta Departamental en representación de cualquiera de sus claustros                 0,50 por cada período de gestión hasta completar 1 pto.
IV 1.4 Asesorías, coordinación y tutorías 0,25 por cada cargo hasta completar 2 pto.



IV.2. Becas y Distinciones                                                                     hasta 1.50 puntos                                                       
                                                                                            


V- Otros elementos de juicio                                                                        hasta   3,5 puntos


VI- Proyecto de inserción metodológica                                                 hasta  15 puntos


VII- Desarrollo de  clase práctica                                                                   hasta 15 puntos



Para figurar en el orden de mérito, el postulante deberá obtener una calificación no inferior a 35 puntos.  Por otra parte, la selección docente será declarada desierta cuando el puntaje obtenido por los postulantes sea inferior a 35 puntos, habiendo incluido la instancia de desarrollo de clase práctica.  (Art. 10 del Reglamento de Selección Docente de Ayudante de Trabajos Prácticos)


Cuadro Síntesis con puntajes máximos por rubro 



1-Títulos de Grado 12 20 ptos
Otros títulos 8
2- Actividades docentes Experiencia específica  en la materia 13 20 ptos
Experiencia afín la materia 7

3-Actividades Académicas
Carreras en curso 2


20 ptos
Cursos seminarios, congresos y talleres 4
Ponencias en congresos y jornadas 4
Publicaciones 7
Trabajos de Investigación 3
4- Otros Antecedentes Cargos de gestión 5
8 ptos
Desempeño como jurado en concursos 1.50
Becas y distinciones 1.50
5- Otros elementos de juicio
2 ptos
6- Plan de Trabajo 15 ptos
7- Coloquio 15 ptos
100

Notas:
1 Cuando el título docente haya sido obtenido sobre la base de un título profesional previo, sólo se otorgarán los 12 puntos correspondientes al título docente y no se sumará puntaje en el item 1.2 por dicho título profesional previo.
2 Cuando se indica “máximo” quiere decir que el puntaje total que puede alcanzarse en el item es la cantidad  de puntos consignada, aunque el postulante supere ese límite.
3 Se considerará a partir del 50 % de las materias aprobadas de una carrera en curso. 
4Para la valoración de este item, el jurado tendrá en cuenta si el aspirante es el único autor o comparte la autoría de los libros mencionados 
 Art. 25: En el caso de hallarse vacante una cátedra interina o suplente, la selección  del docente se hará  por medio de un jurado que se integrará con el Director del Departamento y dos especialistas  de la casa (de la materia concursada o disciplina afín). De ser inviable esta conformación, deberá integrarse con el Director de Departamento, un especialista  de la casa y un miembro del Rectorado. Si no resultara posible esta última forma, el Tribunal estará compuesto por el Director del Departamento, un miembro del Rectorado y un Consejero docente. El docente a seleccionar deberá reunir las condiciones especificadas en el artículo 23.
          Art. 23: Para ser profesor titular del Instituto Nacional Superior “Dr. Joaquín V. González “ se requiere:
a) poseer título de Profesor Nacional de Enseñanza Media y Superior o bien reunir las 
condiciones pedagógicas y académicas necesarias para ejercer la cátedra en el nivel superior;
b) acreditar especialización en la asignatura;
c) contar con cinco años de ejercicio en la enseñanza media y seguir ejerciéndola cuando se trate de cátedras de Método I ó Método II
d) poseer una conducta que no contraríe la Constitución Nacional ni el presente Reglamento.
  El término “Método I” corresponde a la asignatura “Metodología Especial y Observación”, que en los nuevos diseños curriculares se denomina “Didáctica Especifica I y Trabajo de Campo III”. El término “Método II” corresponde a la asignatura “Metodología y Práctica de la Enseñanza”, que en los nuevos diseños curriculares se denomina “Didáctica Especifica II y Residencia”.

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