ACTA ACUERDO
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DISEÑOS CURRICULARES
JURISDICCIONALES Y VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS
En la
Ciudad de Buenos Aires, a los 31 días del mes de octubre de 2012, constituida
la MESA FEDERAL DE DIRECTORES DE NIVEL SUPERIOR (art.139 Ley 26.206), presentes
en la misma la Sra. Directora Ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION
DOCENTE, Lic. María Verónica PIOVANI, y el/la Director/a de Formación Docente
de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, Sr./Sra. Graciela LECLERCQ; comprometidos
a dar efectivo cumplimiento a los fines y objetivos para la Formación Docente
establecidos por la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y a los lineamientos
políticos fijados por los Sres. Ministros de Educación de todas las
jurisdicciones en el Consejo Federal de Educación; habiendo puesto a
consideración y debatido las actuales implicancias del proceso de actualización
curricular que viene transitando la formación docente desde el año 2007,
establecen de común acuerdo lo siguiente:
PRELIMINAR:
El INSTITUTO
NACIONAL DE FORMACION DOCENTE hace constar que el proceso de actualización
curricular dispuesto e impulsado por el Consejo Federal de Educación en la Resolución
CFE 24/07 está orientado a consolidar la cohesión del Sistema Formador del
país, y no tiene en modo alguno la finalidad de establecer un diseño curricular
nacional, no determina cierre de institutos, carreras o cátedras, ni vulnera
derechos laborales docentes.
PRIMERO:
Considerando que
desde el año 2011 se encuentra en curso el Primer Dispositivo de Evaluación
de los diseños curriculares de Nivel Inicial y Primario, proceso novedoso
que abarca a todas las jurisdicciones del país y que generará insumos
relevantes para la mejora de los diseños y su implementación, teniendo también
en cuenta que algunas jurisdicciones han manifestado la necesidad de contar con
mayor tiempo para alcanzar acuerdos con las instituciones y actores del sistema
en los procesos de elaboración y renovación de todos los diseños, se acuerda:
1. Para
posibilitar a las jurisdicciones este proceso de trabajo y a instancias del
INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE el MINISTERIO DE EDUCACION extenderá a
las cohortes 2013 y 2014 la validez nacional de todos los títulos con validez
nacional ya otorgada o en trámite para la cohorte 2012. No obstante, las
jurisdicciones que ya hubieren efectuado o concluyan la revisión y renovación
de sus diseños para las cohortes 2013 y 2014 con anterioridad, podrán
solicitarla en los plazos y condiciones ordinarios.
2. El
trabajo técnico de elaboración y renovación de los diseños será efectuado por
las jurisdicciones durante el año 2013, estará encuadrado en una clara y
sostenida conducción y coordinación de la Dirección de Nivel durante todo el
proceso, aportando las definiciones jurisdiccionales de política curricular en
coherencia con los marcos federales para la formación docente y deberá tener
particularmente en cuenta:
i. Los
criterios de elaboración y definición previstos por el Consejo Federal de Educación
para todo el Sistema Formador; ii. Las instancias jurisdiccionales de consulta
y participación que dichos acuerdos exigen para el proceso de elaboración;
iii. El
dictamen de la COFEV para el período inmediato anterior con sus recomendaciones,
en su caso; iv. Los resultados del proceso de evaluación 2011-2012, en su caso;
v. Los informes y recomendaciones técnicas efectuados por el INFD; vi. Los
compromisos asumidos en el marco del Plan de Fortalecimiento Jurisdiccional,
con las entregas de informes y documentos preliminares que se establezcan;
SEGUNDO:
El proceso de
trabajo sobre los nuevos diseños curriculares jurisdiccionales para los niveles
Secundario y Superior pendientes de elaboración en el marco de los "Lineamientos
Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial" - Res.CFE N2
24/07, quedará realizado durante el año 2013, comprometiéndose las
jurisdicciones a presentar una primer versión preliminar a inicios de 2013, una
versión de avance a junio/2013 y la versión final a diciembre/2013, a efectos
de posibilitar la consulta y asistencia del INFD.
TERCERO:
Las solicitudes de
validez nacional para la cohorte 2015 deberán ser efectuadas antes del próximo
31/07/2014 como plazo límite.
CUARTO:
Todos los procesos
de actualización curricular deberán incluir siempre la oportuna y adecuada
difusión y notificaciones fehacientes en su caso a autoridades
jurisdiccionales, equipos técnicos, referentes, instituciones, docentes y
estudiantes, dando cuenta de los procesos en marcha y anticipando los cambios
curriculares a adoptarse. Se notificará fehacientemente a los estudiantes sobre
estas circunstancias en oportunidad de su matriculación y quedará incorporado a
cada legajo. Asimismo, las jurisdicciones adoptarán los recaudos necesarios
para garantizar las instancias de consulta y participación de las
instituciones, docentes y estudiantes, según fuera reiteradamente establecido
por el Consejo Federal de Educación, promoviendo los consensos que aseguren su
posterior implementación.
QUINTO:
La extensión de
validez nacional estipulada en el punto PRIMERO se entiende otorgada contra el
compromiso de todas las jurisdicciones para cumplir con los plazos y procesos
de trabajo explicitados en la presente, que aseguren la implementación de los
nuevos diseños curriculares jurisdiccionales en todas las carreras a partir de
la cohorte 2015 en adelante.
SEXTO:
Integra la presente
como Anexo el INFORME DE SITUACION sobre el estado de avance al 31/10/2012 en
el trabajo de actualización curricular efectuado por la jurisdicción hasta el presente.
Previa
lectura y ratificación, las partes suscriben de conformidad la presente en dos
(2) ejemplares de idéntico tenor.-
INFD JURISDICCION
M. María Verónica Piovani
Directora
Ejecutiva
Instituto Nacional de Formación Docente
No hay comentarios:
Publicar un comentario